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Uruguay es un país unitario desde la Constitución de 1830. Sin embargo, hoy detenta tres niveles de gobierno y administración: nacional, departamental y municipal. Los municipios fueron creados a fines de 2009 en el marco de un proceso de reforma institucional impulsado como política de Estado. El gobierno municipal pertenece al tercer nivel de gobierno y administración. Actualmente Uruguay posee 125 municipios. En el segundo nivel de gobierno se encuentran los 19 gobiernos departamentales (correspondientes territorialmente a los departamentos) que ya formaban parte de la división político-administrativa histórica del país.
Los municipios como concepto contienen tres dimensiones: político-geográfica, demográfica e institucional. En primer lugar, los municipios comprenden determinados distritos electorales que se corresponden a su vez con determinadas áreas geográficas dentro de un departamento respetando la unidad territorial. En segundo lugar, el territorio posee una determinada población dentro de los límites de jurisdicción. Los ciudadanos eligen a los miembros del gobierno municipal cada cinco años. Asimismo, el número poblacional de las localidades ha sido el criterio escogido para crear municipios.
La última dimensión es la institucional y se refiere a los gobiernos municipales. Estos son órganos colegiados de cinco integrantes compuestos por una figura de alcalde y cuatro concejales municipales electivos que poseen funciones y potestades de gestión determinadas en el territorio. Como puede observarse en el mapa, el territorio del país no está completamente municipalizado. Sin embargo, existen tres departamentos que poseen todo su área contenida por municipios: Montevideo, Canelones y Maldonado. También, son dos los departamentos que poseen un municipio en su capital: Canelones y Maldonado.
Proceso de creación de los municipios en Uruguay
Dentro del marco legal, la Ley N° 18.567 de “Descentralización política y participación ciudadana” promulgada el 13 de setiembre de 2009 crea las autoridades locales denominadas municipios de acuerdo a lo previsto en los artículos 262, 287 y disposición transitoria Y de la Constitución de la República.
La Ley N° 18.653 del 15 de marzo de 2010 determina la creación de unos 89 municipios en el país con sus distritos electorales correspondientes para las primeras elecciones municipales de mayo de 2010.
La Ley N° 19.272 promulgada el 18 de setiembre de 2014 deroga los arts. Nos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 18, 21, 22, 24, 25, 26, 27 y 28 de la Ley N° 18.567 "Descentralización política y participación ciudadana" del año 2009; y las Leyes Nº 18.644 "Descentralización territorial y participación ciudadana", Nº 18.659 "Alcalde" y Nº 18.665 "Alcaldes y Concejales" del año 2010.
Los artículos Nº 7, 11, 12, 17, 19 y 20 de esta ley entrarán en vigencia para los Gobiernos Municipales electos en el 2015.
La Ley N° 19.319 del 27 de marzo de 2015 crea 23 municipios más en el marco de las elecciones municipales de mayo de 2015, sumando un total de 112 municipios electivos en el país actualmente.
La circular N° 10.840 de la Corte Electoral establece los municipios electivos para el período 2020-2025 agregando 13 nuevos municipios, llegando a un total de 125 municipios en el Uruguay creados a iniciativa del gobierno departamental y uno (Rincón) creado por iniciativa popular.